Presente la causa de Alcoa Inepal y las cuatro personas que actuaron como representantes de la misma
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Presente la causa de Alcoa Inepal y las cuatro personas que actuaron como representantes de la misma
El juez del Tribunal Nacional (AN) María Tardón propuso la sentencia de ocho personas por presuntas irregularidades en el proceso de venta de plantas de aluminio en A Coruña y Avilés con el presunto propósito de confiscarlas mediante estructuras corporativas.
Durante la transición al procedimiento abreviado, que marca el fin de la investigación, el magistrado explica que los hechos son delitos de administración inadecuada o injusta, insolvencia punible, lavado de dinero y pertenencia a una organización delictiva.
La resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, implica el sobreseimiento libre y archivo de una persona jurídica de Alcoa y cuatro personas físicas, así como el procesamiento provisional de otras tres.
Sin embargo, se procede contra Víctor Rubén Doménech; Joachim Magim; Luis Losada; Francisco Javier Fernández de Bobadilla; Alexandra Camacho; Diego Peris; Antonio Fernández y Eduardo Julio García Hidalgo.
El juez del Tribunal Central de Instrucción Número 3 recuerda que el caso se inició a raíz de una denuncia presentada por la Confederación de Recortes Profesionales debido al proceso de venta de las instalaciones de producción de aluminio que Alcoa tenía en situación económica precaria.
La venta de las plantas, explica, se dividió en dos fases. En la primera, las tecnologías de Blue Motion, propiedad de un grupo suizo.
En la segunda venta, a partir del 8 de abril de 2020, Blue Motion Technologies, incumpliendo los términos del contrato de venta, la revendió por 13 millones de euros a una empresa española, constituida poco antes por uno de los investigados.
Para llevar a cabo la venta, explica el juez, los 13 millones utilizados en la operación fueron desviados de las cuentas bancarias de Alcoa a las empresas que iban a vender, en una operación diseñada por los investigados.
La investigación reveló, continúa, que antes de la segunda venta, se realizaron transferencias por un monto cercano a millones de euros de las cuentas bancarias de Alu Iberian a cuentas suizas de las empresas controladas.
Además, según el juez, desde la segunda venta irregular de las dos fábricas, se llevaron a cabo una serie de hechos encadenados que apuntaban a despojar y mostrar activos y canalizar dinero, ya sea para beneficio personal de los investigados o para estructuras corporativas creadas ad hoc.
Como ejemplo, indica el juez que las empresas compraban productos para aumentar su precio artificialmente, simulaban préstamos, desviaban dinero a empresas controladas por los investigados o asignaban salarios «exorbitantes» a otros investigados.
Todas estas acciones continuaron hasta que el Tribunal Nacional nombró un administrador judicial en julio de 2021, y se solicitó la declaración de quiebra, que se concedió a finales de ese año.
Finalmente, el magistrado destaca cómo las ganancias obtenidas en la adquisición de criptomonedas se utilizaron para su posterior conversión en moneda legal. Además, se ofreció a terceros una remuneración a cambio de convertir dinero de origen desconocido en criptomonedas y luego en efectivo.
Una vez concluido el procedimiento abreviado, el juez dicta auto de procesamiento penal y el resto de las acusaciones solicitan la apertura del juicio oral presentando escritos de acusación, el archivo del caso o, excepcionalmente, la realización de diligencias complementarias.